La Ley Nº 20.166, extiende el derecho de las madres trabajadoras a alimentar a sus hijos, aún cuando no exista sala cuna en su lugar de trabajo.
La norma beneficia no sólo a las mujeres contratadas a partir del 12 de febrero sino que para todas las mujeres trabajadoras que tengan hijos menores de dos años.
Sí. Ella tiene derecho a una hora dentro de su jornada laboral para alimentar a su hijo/a hasta que cumpla dos años.
Sí. La madre igual tiene derecho a una hora para alimentar al hijo/a. No importa donde éste o quien esté a cargo del menor (abuelita, tía, prima, nana etc.)
- ¿El tiempo de transporte para ir al lugar donde está el hijo/a está incluido en la hora de permiso?
El permiso de una hora deberá acordarse con el empleador y podrá ser de la siguiente manera:
- En cualquier momento dentro de la jornada de trabajo.
- Dividiéndolo, a solicitud de la interesada, en dos porciones.
- Postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o el término de la jornada de trabajo.
La fiscalización de cumplimiento de este derecho laboral, el cual es irrenunciable para las trabajadoras corresponderá a la Dirección del Trabajo. Para saber dónde está la Inspección del Trabajo del lugar en que trabajas llama al Centro de Atención Laboral de la Dirección del Trabajo: 600 450 4000, (2) 674 9300, Agustinas 1253 , Santiago. También ve www.dt.gob.cl